La Audiencia Provincial ha rechazado el recurso que presentó el usuario Julio Alonso contra la sentencia que le condenaba por injurias a la SGAE, según ha confirmado el propio Alonso en su blog, Merodeando.
De esa forma, la Justicia ratifica una sentencia de julio de 2008, la cual le imponía una multa de 9.000 euros al considerar que su bitácora contenía comentarios injuriantes contra la entidad de derechos de autor.
El caso se remonta a 2004, cuando Alonso publicó un post titulado "SGAE=Ladrones". En el texto informaba de que se había puesto en marcha una campaña en Google (Google Bombing) con esa expresión para que cuando alguien tecleara "ladrones" en el buscador, el primer resultado que apareciera fuera la página de la SGAE.
La campaña tuvo éxito, pero también el post de Alonso, que comenzó a aparecer entre los primeros resultados de esas búsquedas. Eso provocó que la SGAE le enviara un burofax ordenándole la retirada de su post y que, en 2007, presentara contra él una demanda "de protección del derecho al honor".
Alonso siempre defendió que lo que había escrito era "meramente informativo y no de opinión", pero ello no evitó que tuviera que ir a juicio. La sentencia no dictaminó a su favor, y estableció que sí había injurias en la bitácora, pero no en el texto escrito por el bloguero, sino en los comentarios que habían dejado en él otros usuarios. El juez consideró que Alonso había sido un "colaborador necesario" y por ello le condenó al pago de 9.000 euros y ordenó la retirada de los comentarios ofensivos.
El recurso presentado después por Alonso y del que se acaba de conocer la sentencia (puedes consultarla aquí) no ha prosperado. El juez estima que aunque el texto del post no es injurioso, sí insta a que se viertan opiniones en esa dirección.
Un paso más
Sin embargo, para Alonso esto no significa el final del proceso. El internauta ha informado de que llegará hasta el Tribunal Supremo: "Creo que me asiste la razón y creo que es muy relevante (...) para la libertad de información", explica en su página.
Podría existir un precedente. El año pasado, el Tribunal Supremo eximió de responsabilidad al dueño de un foro de opinión en Internet (quejasonline.com) que había sido demandado por un abogado de la Mutua Madrileña Automolística por supuestos ataques contra su honor.
Vía: 20 Minutos
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